Orden HAC/1430/2025: Modificación de Modelos Tributarios Clave

Actualización de declaraciones informativas fiscales. Orden HAC/1430/2025.


Imagen abstracta de documentos fiscales. Por Markus Spiske, en Unsplash.

Imagen abstracta de documentos fiscales. Por Markus Spiske, en Unsplash.

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Equipo Legal de Legally
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Actualización de Modelos Tributarios: Claves de la Orden HAC/1430/2025

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) busca constantemente mejorar la calidad de la información fiscal para optimizar sus funciones de asistencia, control y recaudación. Para lograrlo, es fundamental actualizar la normativa que regula el suministro de datos a través de diversas obligaciones informativas. La Orden HAC/1430/2025, publicada el 3 de diciembre de 2025, representa un paso significativo en este sentido, unificando y actualizando las modificaciones necesarias para varios modelos tributarios clave.

Esta orden integra en un único texto los cambios que afectan a los modelos 195, 199, 182, 193, 184, 282, 289 y 345. La finalidad es facilitar el conocimiento de estas modificaciones por parte de los obligados tributarios, garantizando así un cumplimiento más preciso y eficiente de sus deberes fiscales. A continuación, desglosamos las principales novedades introducidas por esta normativa.

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Análisis Detallado de las Modificaciones por Modelo

La Orden HAC/1430/2025 aborda cambios específicos en cada uno de los modelos afectados, introduciendo ajustes técnicos y adaptaciones normativas.

Modelo 195 y 199: Mejoras en el Registro de Declarados

El artículo primero de la orden modifica la Orden de 21 de diciembre de 2001, relativa a los modelos 195 (declaración trimestral de cuentas u operaciones de titulares sin NIF) y 199 (declaración anual de operaciones con cheques). Se introducen mejoras técnicas en los diseños de registro para optimizar la calidad de la información.

En concreto, se ajusta la redacción del campo «Código país». Para el modelo 195, en el registro de declarado (tipo 2), este campo (posiciones 118-120) deberá consignarse a blancos si el declarado es residente o no residente con establecimiento permanente en España. Para el modelo 199, el mismo campo (posiciones 133-135) también se dejará en blanco para declarados residentes.

Modelo 182: Adecuación a la Normativa de Mecenazgo

El artículo segundo se centra en la Orden EHA/3021/2007, que aprueba el modelo 182 (declaración informativa de donativos, donaciones y aportaciones). La modificación principal afecta al campo «Recurrencia donativos» (posición 132 del registro de declarado, tipo 2). El objetivo es adecuar este campo a lo dispuesto en la Ley 49/2002, de régimen fiscal de entidades sin fines lucrativos, y su reciente modificación por el Real Decreto-ley 6/2023. Se clarifica la cumplimentación de este campo para reflejar la habitualidad de las donaciones deducibles.

Modelo 193: Incorporación del Código ISIN

El artículo tercero introduce cambios en la Orden EHA/3377/2011, referente al modelo 193 (resumen anual de retenciones sobre capital mobiliario). Se añade un nuevo campo, «Código ISIN» (posiciones 193-204 del registro de perceptor, tipo 2), que será obligatorio para identificar al emisor mediante este código cuando se trate de dividendos de valores negociados en mercados secundarios oficiales españoles. Esta medida mejora la trazabilidad y la identificación de los instrumentos financieros.

Como consecuencia, se adaptan otros campos relacionados como «Clave Código», «Código emisor» y «Naturaleza del declarante», y se actualizan las posiciones de los campos de «Blancos» para reflejar estos cambios.

Modelo 184: Mejora en la Declaración de Entidades en Atribución de Rentas

La Orden HAP/2250/2015, que aprueba el modelo 184 (declaración informativa anual de entidades en régimen de atribución de rentas), es modificada por el artículo cuarto. Se introduce el campo «Número total de registros de entidad» (posiciones 221-229 del registro del declarante, tipo 1) para indicar el número total de rentas declaradas. Además, se actualizan las posiciones de «Blancos» en este registro.

Se incorporan también subclaves en el registro de socio, heredero, comunero o partícipe (tipo 2) para informar sobre el régimen de determinación de los rendimientos en caso de actividades económicas. Esto incluye la distinción entre estimación directa (normal y simplificada) y estimación objetiva, mejorando la calidad de la información declarada en los campos de rendimiento neto.

Modelo 282: Adaptación a la Reserva para Inversiones en Canarias

El artículo quinto modifica la Orden HAP/296/2016, relativa al modelo 282 (declaración informativa de ayudas recibidas en el marco del Régimen Económico y Fiscal de Canarias). Se actualiza el anexo para incluir las inversiones en las que puede materializarse la Reserva para Inversiones en Canarias, conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley 19/1994.

Modelo 289: Actualización de Listados de Países y Jurisdicciones

El artículo sexto actualiza el contenido de los anexos I y II de la Orden HAP/1695/2016, que aprueba el modelo 289 (declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua). Se renuevan los listados de países y jurisdicciones que son considerados «residentes fiscales» y «jurisdicciones participantes», reflejando los acuerdos internacionales vigentes en materia de intercambio de información fiscal.

Modelo 345: Modificación en Rendimientos del Trabajo

Finalmente, el artículo séptimo introduce cambios en la Orden HFP/823/2022, que aprueba el modelo 345 (declaración informativa de planes, fondos de pensiones y sistemas alternativos). Se modifica el campo «Rendimientos íntegros del trabajo no superiores a 60.000» (posición 271 del registro de declarado, tipo 2). Este campo pasa a denominarse «Rendimientos íntegros del trabajo superiores a 60.000 euros» y se cumplimentará con una «S» si los rendimientos superan dicho umbral, o una «N» en caso contrario. Esta modificación busca simplificar la cumplimentación y mejorar la claridad de la información.

Principios de Buena Regulación y Entrada en Vigor

La elaboración de esta orden se ha guiado por los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, conforme a la Ley 39/2015. Se busca asegurar un marco normativo claro, estable y que genere las menores cargas administrativas posibles.

La disposición final única establece la entrada en vigor de la orden al día siguiente de su publicación en el BOE. Su aplicación será para las declaraciones correspondientes al ejercicio 2025 para la mayoría de los modelos (199, 182, 193, 184, 282, 289 y 345), y para el ejercicio 2026 para el modelo 195, con presentaciones a partir del 1 de enero de 2026.

Esta actualización normativa es crucial para todos los contribuyentes y entidades que deban presentar estas declaraciones informativas. Es recomendable revisar detenidamente los cambios y, en caso de duda, buscar asesoramiento profesional para asegurar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Fuente: Orden HAC/1430/2025

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